A la hora de cómo hacer reformas integrales de pisos y viviendas son muchas las dudas que se pueden generar: materiales, licencias, presupuestos, contratos, etc. Pero hoy nos centraremos en una de las dudas más habituales e importantes: qué trámites tengo que hacer en la reforma de un piso. De hecho por la falta de conocimiento de los trámites obligatorios surgen problemas como el hacer obras de reforma de piso sin licencia.Da igual que estemos hablando de reformas para pisos pequeños: 40 m2, 50 m2, 60 metros cuadrados, ó más de 65 m2. Al final y para evitar sorpresas a la hora de hacer obras y reformas en el hogar los trámites y licencias son más importantes que los materiales.
A la hora de hacer obras y reformas en un inmueble es importante evitar molestias, poner en peligro tanto el edificio de pisos o la casa como las fincas colindantes. De ahí que las obras de reformas no deban ser peligrosas además de evitar problemas de reformas ilícitas o insalubres para los habitantes y vecinos.
No olvidemos que algunas empresas de reformas reducen el presupuesto de la obra al no incluir el coste de las licencias y otros trámites obligatorios. Que luego tienen que ser pagados por el propietario, arrendatarios o inquilino de la vivienda.
Cuando en la obra de reforma de pisos es necesaria una licencia puede ser solicitada por la empresa de construcción o el cliente.
Lo importante es que las obras no sean peligrosas tanto para la estructura como para los habitantes del edificio de pisos o del inmueble objeto de reforma integral o parcial. Porque en ese caso las obras pueden ser detenidas e incluso acabar en denuncia y por lo tanto en juicio por obras ilícitas o insalubres.
A la hora de realizar una reforma de pisos o viviendas hay que establecer diferencias entre obras menores y mayores, puesto que los trámites y licencias son diferentes.
Definimos como obra menor aquellas que tienen que ver con la consolidación, mantenimiento, y acondicionamiento de una vivienda o del hogar.
Las obras menores son las más habituales incluso en reformas integrales de pisos nuevos y antiguos, sobre todo si son pequeños.
A la hora de tramitar licencias para obras menores hay que acudir normalmente al área de Urbanismo del Ayuntamiento. Donde para obtener la licencia correspondiente habrá que facilitar los siguientes datos: superficie del piso o vivienda a reformar, descripción de la obra a ejecutar indicando el antes y después de la reforma, la ubicación de la finca donde se realizará la reforma, planos y croquis de la obra de construcción, así como el presupuesto de ejecución material detallado por partidas y unidades de obra.
Además de lo anterior es necesario aportar documentación relativa a la titularidad del inmueble como por ejemplo escritura de propiedad o contrato de arrendamiento por parte del inquilino si hablamos de reformas de pisos para alquilar. Junto a lo anterior será necesario aportar el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI municipal).
En el caso en que la obra de construcción para la reforma del hogar requiera ocupación temporal de la vía pública, por ejemplo para colocar un andamio en la acera, un contenedor de escombros, montacargas de materiales u otras instalaciones de construcción. La empresa de reformas deberá solicitar también la correspondiente licencia de ocupación transitoria de la vía pública.
Además de los trámites de licencias habrá que abonar las correspondientes tasas y precios públicos de ocupación de la vía pública así como el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, más conocido por su nombre abreviado: el ICIO.