A la hora de plantearse cómo hacer reformas integrales de pisos y viviendas, surgen muchas dudas: materiales, licencias, presupuestos, contratos, etc. Sin embargo, una de las más habituales e importantes es la de los trámites necesarios para la reforma de un piso. La falta de conocimiento de estos trámites obligatorios puede llevar a problemas, como realizar obras de reforma de piso sin licencia.
Es crucial entender que, independientemente del tamaño del piso (40 m², 50 m², 60 m² o más), los trámites y licencias son más importantes que los materiales a la hora de hacer obras y reformas en el hogar, para evitar sorpresas.
Al realizar obras y reformas en un inmueble, es fundamental evitar molestias y no poner en peligro ni el edificio ni las fincas colindantes. Por ello, las obras de reforma no deben ser peligrosas y hay que evitar problemas de reformas ilícitas o insalubres para los habitantes y vecinos. No olvides que algunas empresas de reformas reducen el presupuesto de la obra al no incluir el coste de las licencias y otros trámites obligatorios, que luego deben ser pagados por el propietario, arrendatarios o inquilino de la vivienda.
Cuando en la obra de reforma de pisos es necesaria una licencia, esta puede ser solicitada por la empresa de construcción o por el cliente. Lo importante es que las obras no sean peligrosas ni para la estructura ni para los habitantes del edificio o del inmueble. En ese caso, las obras podrían ser detenidas e incluso derivar en una denuncia y un juicio por obras ilícitas o insalubres.
A la hora de realizar una reforma de pisos o viviendas, hay que diferenciar entre obras menores y mayores, ya que los trámites y licencias son diferentes.
Definimos como obra menor aquellas que tienen que ver con la consolidación, mantenimiento y acondicionamiento de una vivienda o del hogar. Las obras menores son las más habituales, incluso en reformas integrales de pisos nuevos y antiguos, sobre todo si son pequeños.
Para tramitar licencias para obras menores, normalmente hay que acudir al área de Urbanismo del Ayuntamiento. Para obtener la licencia correspondiente, se deberán facilitar los siguientes datos:
Además de lo anterior, es necesario aportar documentación relativa a la titularidad del inmueble, como por ejemplo la escritura de propiedad o el contrato de arrendamiento por parte del inquilino si hablamos de reformas de pisos para alquilar. Junto a ello, será necesario aportar el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI municipal).
En el caso de que la obra de construcción para la reforma del hogar requiera ocupación temporal de la vía pública (por ejemplo, para colocar un andamio en la acera, un contenedor de escombros, montacargas de materiales u otras instalaciones de construcción), la empresa de reformas deberá solicitar también la correspondiente licencia de ocupación transitoria de la vía pública.
Además de los trámites de licencias, habrá que abonar las correspondientes tasas y precios públicos de ocupación de la vía pública, así como el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, más conocido por sus siglas: el ICIO.